martes, 11 de noviembre de 2014

Quien tiene un testigo tiene un tesoro: 4 reglas de oro




Con frecuencia la realidad es negada en el proceso por aquél a quien perjudica y no puede ser demostrada con documentos o peritos. 

Nos vemos obligados a acudir a la prueba que - según la práctica totalidad de los jueces- ofrece la menor de las garantías, la prueba de testigos.




Sin embargo si el testigo presencial declara en juicio de forma clara y precisa resulta imprescindible para la obtención de una sentencia favorable. 

Si contamos con un testigo presencial debemos tener en cuenta que dos aspectos van a influir en sus respuestas cuando le examinamos en un juicio: 

  •  La memoria (que no graba sino que reconstruye los hechos a medida que trascurre el tiempo) 
  • y los nervios (pueden jugar una mala pasada a quienes por primera vez declaran ante el juez). 

No debemos pensar que el testigo va a hacer el trabajo por nosotros y persuadir al juez de que llevamos la razón. 

Somos nosotros quienes, con la adecuada técnica, debemos dirigir en todo momento el interrogatorio formulando las preguntas adecuadas. 

Esto exige un trabajo y preparación previas, estudiar en profundidad el asunto y las alegaciones finales, y una vez que tenemos esto, y no antes, formular las preguntas de forma breve y buscando la contundencia en las respuestas. Las preguntas deben estar dirigidas a corroborar nuestros argumentos y pretensiones. El resto resulta superfluo e incluso contraproducente ya que corremos el riesgo de aburrir al juez. 

Estas son las 4 reglas básicas del interrogatorio: 

1. Las preguntas debo realizarlas de forma abierta, “invitando a contar”, y por tanto introducidas por pronombres, adjetivos o adverbios (quién, qué, cómo, cuándo …) solo así se centra al testigo en los hechos que interesa destacar. 

2. No debo hacer preguntas si no tengo claro cuál va a ser la respuesta. 

3. Antes de formular la pregunta debo facilitar información relevante al interrogado para que la admita o rechace, pero sin sugerir la respuesta, añadiendo “no es más cierto que,… no es verdad que ….” y permitiendo que el testigo vaya familiarizándose con el interrogatorio. 

4. Tras ello continúo con preguntas más cerradas buscando respuestas más específicas y de detalle, para no cansar al testigo ni al juez.



Siempre debo concretar la pregunta a hechos que, previamente y tras el estudio del asunto y redacción de la demanda son la base de mis argumentos, de modo que el objetivo sea que la hipótesis previa que busco sea confirmada o rechazada con la respuesta del testigo. Se trata de hacer las preguntas en una dirección clara y no sin criterio ni dirección alguna.

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